Revisión-validar-5
Programa de prestaciones para personas con discapacidad
El Programa de prestaciones para personas con discapacidad garantiza la cobertura sin cargo de Formularios oficiales DAS (actualmente su uso no es requerido), medicación y prestaciones básicas o tratamientos correspondientes a la patología de base.
¿Cómo inscribirme al programa?
Documentación requerida:
- Completar el formulario de inscripción – DESCARGAR FORMULARIO.
- Certificado único de discapacidad (CUD)
- Resumen de historia clínica, esquema
- terapéutico
- Fotocopia de la credencial
- DNI
¿A dónde envío la documentación?
Vía mail a: contacto@das.gob.ar
Comunicarte con el Centro de Información Personalizada (CIP) al 0810-222-0317 los días hábiles de lunes a viernes de 9 a 18 hrs.
Beneficios
Solamente los profesionales de la red de prestadores convenidos pueden realizar la indicación médica

Óptica

Audífonos

Insumos

Ortesis

Autorización previa
Los beneficios serán otorgados previa evaluación de Auditoría Médica del Departamento Patologías Especiales que, de considerarlo necesario, podrá requerirle documentación adicional.

Inicio de vigencia de beneficios
Los beneficios serán otorgados previa evaluación de Auditoría Médica del Departamento Patologías Especiales que, de considerarlo necesario, podrá requerirle documentación adicional.
Inicio de atención con prestador
Para iniciar la atención con el prestador asignado deberá contar con el voucher de autorización.

Cantidad de sesiones
La indicación médica determina la cantidad de sesiones por semana/mes que requiere el/la paciente, por lo que no se reconocerán presupuestos con frecuencia diferente.

Montos de prestaciones
Los montos de las prestaciones serán aquellos dispuestos por el Nomenclador Nacional de Prestaciones Básicas según las resoluciones vigentes y se actualizarán automáticamente, sin necesidad de iniciar nuevo trámite.

Excepto transporte, facturación
Las prestaciones básicas deberán ser facturadas por el prestador directamente a la DAS, a excepción de transporte, que es por reintegro al afiliado.

Facturación mensual
Las prestaciones básicas deberán ser facturadas por el prestador directamente a la DAS, a excepción de transporte, que es por reintegro al afiliado.